VARIEDADES COMERCIALES
EL BACALAO EN EL MERCADO
Una presentación comercial para cada tipo de necesidad
Al acudir a un restaurante, a un supermercado o a la tienda del barrio, las formas en las que el consumidor puede encontrarse el bacalao son variadas.
Ofrecemos a continuación una breve información sobre cada caso con objeto de facilitar una correcta toma de decisiones por el consumidor:
- Bacalao salado al estilo tradicional: las “bacaladas” de siempre, a granel o envasadas en bandejas y que tienen que ser desaladas antes de su consumo.
- Bacalao desalado y refrigerado: se trata del anterior producto, salado en su origen, que ha sido desalado por el fabricante para que el consumidor disponga así de un producto listo para su consumo inmediato.
- Bacalao desalado y ultracongelado: como en el caso anterior, se trata de un producto salado en su origen y que el fabricante ha desalado en sus instalaciones y además ultracongelado para así dar una mayor vida útil al producto, que estará listo para su consumo tras su descongelación.
- Bacalao al punto de sal: se trata de un producto que generalmente se presenta congelado y que en su origen nunca ha sido un pescado salado y curado en su concepto tradicional. La sal ha sido añadida de manera industrial para obtener así un producto “ligeramente” salado y listo para cocinar al no tener que ser desalado previamente, tal y como ocurre con el bacalao salado tradicional.
- Bacalao fresco: suele presentarse bien congelado o bien como un pescado fresco más en el lineal de la pescadería. Al contrario que en los casos anteriores, es un producto que en ningún caso se presenta salado ni siquiera ligeramente salado. Tiene así unas propiedades y un sabor muy parecido al resto de pescados blancos.
CÓMO SE ETIQUETA EL BACALAO
Comprometidos con la transparencia y la información del consumidor
Las empresas que forman Anfabasa, sensibles ante la necesidad de información que tiene el consumidor, han consensuado el siguiente modelo de etiqueta de sus productos que recogen de forma sintetizada y clarificadora los requisitos de información que establece la ley.
1. De acuerdo con el listado de denominaciones y correlaciones recogido en la Resolución de 4 de marzo de 2009, de la Secretaría General del Mar, por la que se establece y se da publicidad al listado de denominaciones comerciales de especies pesqueras y de acuicultura admitidas en España. BOE Nº 80 de abril de 2009.
2. Recomendaciones:
- Con carácter general: de 4 a 8º C.
- Para los productos con curación 7/8: de 8 a 15ºC
- Para los productos desalados refrigerados: 0 a 4 ºC
- Para los Salazones, 8 a 22ºC.
3. En caso de producto congelado no envasado se indicará el porcentaje de glaseo en el caso de que supere el 5 % . (ORDEN PRE/3360/2004).
En el caso de productos envasados, en cuanto al peso neto y escurrido, sean congelados o desalados refrigerados, rigen las tolerancia fijadas en la normativa relativa al Control del Contenido Efectivo (REAL DECRETO 1801/2008).
4. Se indicarán los ingredientes, incluyendo los aditivos añadidos. que sólo podrán ser alguno de los incluidos en la lista de establecida en el R.D. 142/2002 de 1 de febrero.
- El etiquetado deberá incluir necesariamente la denominación tanto científica como comercial (aplicando estrictamente la lista de denominaciones comerciales aprobada por la Administración), evitando en todo momento que ésta pueda inducir a error al consumidor sobre el origen o naturaleza del producto.
- La denominación comercial “Bacalao” sólo podrá utilizarse cuando se trate de una materia prima cuyo origen sea exclusivamente “Gadus morhua”, descartando su utilización cuando se trate de otras especies científicas.
- Para la favorecer la mejor identificación y trazabilidad del producto , la denominación científica “Gadus spp” y su asociada comercial de “Bacalaos” se utilizara de forma excepcional y sólo cuando esté justificada desde un punto de vista biológico (en caso de mezcla de especies).
- Los productos cuyas materias primas sean “Gadus macrocephalus” y “Gadus Ogac” deberán indicar en su etiquetado como denominación comercial necesariamente “Bacalao de Alaska o “Bacalao del pacifico”, la primera de ellas y “Bacalao de Groenlandia” , la segunda.
- De forma adicional a los requisitos anteriores, los productos que incluyan la denominación “al punto de sal” o “ligeramente salados” deberán indicar el % de sal presente así como una mención al proceso que ha seguido el producto de manera que en ningún caso induzca al consumidor a su confusión con respecto a los productos salado en su origen y posteriormente desalados.
- Los productos que incluyan la denominación “Desalado” deberán provenir necesariamente de una materia prima que haya estado sometida a un proceso de curación en sal en su concepto tradicional, en una etapa previa.